Desde el sector inmobiliario advierten que la falta de pago de los alquileres desencadenará en corto plazo “un conflicto social entre propietarios e inquilinos de inusitada magnitud”. Es por éste motivo que solicitan “que se habilite el ejercicio profesional para poder mediar entre las partes”, y proponen un “protocolo sanitario” para su implementación.

La medida excepcional del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) a raíz del COVID-19 dificultó sustancialmente la administración de los inmuebles entre propietarios e inquilinos. Desde las organizaciones que nuclean a los profesionales inmobiliarios avizoran múltiples conflictos, entre otros temas, por la falta de pago, por lo que sostienen como “imperioso el dictado de una normativa que habilite el ejercicio profesional en el marco de la administración de alquileres mediante la utilización de un protocolo sanitario”.

La preocupación de las inmobiliarias llegó por carta a los municipios de la región a través del presidente del Colegio de Martilleros y Corredores Públicos del Departamento Judicial de Quilmes (Berazategui, Florencio Varela y Quilmes), Roberto Belmonte. La misiva fue dirigida a los intendentes de Berazategui, Juan José Mussi; de Quilmes, Mayra Mendoza; y de Florencio Varela, Andrés Watson, peticionando “poder atenderte a propietarios e inquilinos bajo los cuidados sanitarios correspondientes,”. Similar pedido, fue realizado por el Presidente del Colegio y de la Caja de Martilleros de la Provincia de Buenos Aires, Juan Carlos Donsanto, al Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof.

En este sentido, Belmonte explicó que, “en la medida que el distanciamiento social se prorrogue, inevitablemente se suscitarán mayores conflictos de orden económico, pudiendo aportar en alguna medida, la apertura de esta actividad, un menor grado de dificultad, al menos, en lo que respecta al ámbito locativo”.

“Aún primando la salud, no podemos deslindar de la misma la faz económica, por cuanto un alquiler se convierte en muchos casos, en indispensable para la subsistencia misma (alimentos, remedios, tratamientos, etc.). Desde nuestro sector, se medió incansablemente para poder subsanar entre las partes, la posibilidad de pago mediante transferencia bancaria. Pero la realidad nos dice que no todo el mundo se encuentra bancarizado”.

Roberto Belmonte

En este sentido, confió Belmonte, “Hasta ahora lo venimos sobrellevando, ya que los propietarios acordaron pasar a cobrar a los domicilios de los inquilinos, o los pocos a través de transferencias bancarias, pero no todo el mundo tiene cuenta bancaria. Pero estamos advirtiendo, y hora se va a profundizar muchos más en el mes de mayo y junio, son los conflictos sociales que se van a producir alrededor de una locación urbana. Es decir, los contratos de alquiler de vivienda, y los comerciales aún más, van a empezar a tener unos conflictos de magnitudes inusitadas”.

“Es por eso que pedimos una apertura acotada de las oficinas para atender exclusivamente el tema de alquileres, porque advertimos que las administraciones se van a dificultar aún más. Y nosotros, que somos los que hicimos los contratos, y que somos los mediadores naturales, que así como acercamos las partes algunas vez, que de hecho lo estamos haciendo en forma telefónica, vamos a tratar de mediar y buscar soluciones, y que el conflicto no aflore en una gran magnitud, pero es necesario que nos permitan hacerlo”.  

“Es importante resaltar que esto, además, contribuye a la normalización en el pago de Servicios, Tasas y demás contribuciones que, lógicamente en estos momentos, se encuentran desde el punto de vista recaudatorio, en franca disminución”.

“Por otra parte, nos permitiría mediar, persiguiendo la solución de toda desavenencia entre locador-locatario, surgida como producto de esta situación extraordinaria, atendiendo la correcta aplicación del Decreto Nacional 320-2020”.

“Por último, si observamos que las cadenas de comercialización de electrodomésticos, han vuelto con un esquema de horario limitado a la atención exclusivamente de las cobranzas y los Bancos fueron posibilitados a la atención de público. Entendemos que con responsabilidad, conciencia y adultez podemos llevar a cabo una apertura respetuosa del momento que a todos nos toca vivir. Ajustándonos estrictamente al protocolo que se adecue a estos efectos”.

EL PROTOCOLO

El siguiente, es un protocolo de atención para oficinas inmobiliarias, similar a otros que están siendo utilizados por algunos Municipios de la Provincia de Buenos Aires y que el Colegio de Martilleros y Corredores Públicos del Departamento Judicial de Quilmes propuso a los intendentes.

* Las oficinas inmobiliarias funcionaran dentro del horario que indique la autoridad municipal, indefectiblemente.

* La atención personalizada se limitará exclusivamente al área de cobranzas y liquidación de alquileres y toda otra obligación dineraria emergente de los contratos correspondientes; cuando no sea posible ejercer esta acción mediante Bancos. También contemplará todo lo concerniente a la normalización y gestión resultante de las relaciones locativas.

* La atención se llevará a cabo, exclusivamente, mediante el otorgamiento de turnos establecidos previamente. No permitiéndose la presencia de más de 2 personas en forma simultánea.

* El área de atención deberá contar con el suministro de alcohol en gel y al ingreso una suerte de estera o felpudo, humedecido con agua clorada. El personal encargado de la atención deberá utilizar barbijo y/o pantalla protectora integral y guantes de látex.

* Toda oficina a la calle que disponga de cortina metálica del tipo comercial o calada, ésta deberá permanecer baja, a excepción de que presente cortina metálica denominada ciega. Siendo obligatorio, en todos los casos, exhibir una nota/cartel, al frente, que advierta que no se atiende al público en general, solo a clientes relacionados con la administración y con turno previo.

* Todo lo concerniente a consultas de compra-venta, no se podrá atender o evacuar en forma personal, sino, mediante las alternativas de índole tecnológicas que brinde a disposición del cliente/interesado, cada oficina inmobiliaria.

* Cualquier otra acción derivada directa o indirectamente del quehacer inmobiliario habitual, que no esté relacionada con las tareas en este protocolo mencionadas; quedan excluidas hasta tanto en forma expresa lo permita la autoridad gubernamental que corresponda.

Por Redacción

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